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Licencias

Una licencia es un permiso retribuido, al que tenemos derecho según Convenio, que la empresa nos concede por diversas causas.
Los casos y la duración en los que tenemos derecho a una licencia, son los siguientes:

1. Traslado de domicilio: 2 días, como mínimo.

2. Matrimonio del trabajador: 17 días. Hay que solicitarlo dos meses antes de la fecha de la boda, como mínimo. Se puede disfrutar de esta licencia y de las vacaciones, de forma continuada.

3. Matrimonio de familiar directo (padres, hijos y nietos de los dos cónyuges): 1 día ampliable a 3 por desplazamiento.

4. Nacimiento de hijos o adopción: 2 días ampliables a 4 por desplazamiento.

5. Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: Licencia por el tiempo indispensable.

6. Bautizo o Comunión de hijo o nieto: 1 día.

7. Enfermedad grave o fallecimiento de familiar directo (Cónyuge, hijos de ambos, padres, nietos, abuelos o hermanos de ambos cónyuges): Licencia de 2 días ampliables a 4 por desplazamiento. En caso de enfermedad o intervención grave la licencia se podrá tomar dentro de los 7 días desde el hecho causante incluido.

8. Cita de médico especialista del INSALUD o equivalente autonómico: Licencia de 3 horas como máximo.

9. Derechos educativos generales y de FP: Por el tiempo establecido en los supuestos y en la forma, regulados por el Estatuto de los Trabajadores.

10. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público (Asistencia a juicios, mesa electoral, denuncias derivadas del cumplimiento del servicio, etc.): Por el tiempo indispensable.

11. Asuntos propios: Licencia de 1 día. Esta licencia entra en vigor el 1 de enero de 2009 y está sujeta a estas condiciones:

• No podrá utilizarse en las siguientes fechas, salvo autorización de la empresa: - Entre el 15 de diciembre y el 15 de enero. - Entre el Domingo de Ramos y el Lunes de Pascua, ambos incluidos. - Mes de julio. - Mes de agosto.

• No podrá ejercerse este derecho el mismo día, y de manera simultánea, por más del 5% de la plantilla del centro de trabajo al que pertenezca el trabajador.
Además, debemos recordar que los derechos que corresponden a los matrimonios legales, se extienden a las parejas que convivan en común, salvo el apartado 2, justificando la convivencia con certificado de empadronamiento o equivalente.

11 Comentarios:

Unknown escribió

a mi lo que me gustaria saber y no veo es los derechos de las parejas de hecho.Si alguien sabe algo o puede mandarme algun enlace se lo agradeceria

Unknown escribió

alguien podria decirme algo respecto a las parejas de hecho?si corresponde algun dia por operacion de la pareja,incluso por inscribirse en el libro de parejas de hecho.Mil gracias

Anónimo escribió

Hola,
Este enlace puede ayudarte
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/familia/2012/03/17/207868.php

Un saludo

tata escribió

La regulación de las parejas de hecho es competencia de las CC.AA.Entra en la página de tu comunidad autónoma. Aparte está lo que dice el convenio colectivo

Unknown escribió

Por traslado de domicilio la empresa me puede denegar 24 y 25 de diciembre?Gracias

Anónimo escribió

Si necesitas realizar un traslado de domicilio durante cualquier día del año, en principio si reúnes las condiciones que se exponen en las normativas correspondientes, la empresa no debería oponerse ni denegar un permiso que se recoge claramente en el convenio colectivo de empresas de seguridad privada.

Virginia escribió

Sabéis con cuanta antelación se tiene que pedir un día de licencia? Gracias. Un saludo!

César Delgado Pérez escribió

Se debe pedir con la máxima antelación posible.
¡Saludos!

Ovi escribió

Hola buenas,si dispongo de 4 dias por tener que desplzarme fuera y tres de esos dias los tengo libres por cuadrante ¿debo pedir solo el que no tengo libre o son computables tambien los dias de descnso?.

Ovi escribió

Hola,si dispongo de 4 dias por desplazmiento por enfermedad y de esos 4 dias por cuadrante tengo 3 libres y uno de trabajo,¿debo pedir solo el que tengo de turno o computan tambien los dias de descanso?

César Delgado Pérez escribió

Los días libres son días libres, independientemente de las licencias que necesitemos solicitar.

Un saludo.