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Subrogaciones

En una subrogación, la empresa entrante, está obligada a subrogar los contratos adscritos al servicio subrogado, cualquiera que sea la modalidad del contrato y la categoría laboral del trabajador, siempre que se acredite una antigüedad real mínima de 7 meses, inmediatamente anteriores a la fecha de subrogación.
En ese periodo se incluye las ausencias reglamentarias del trabajador en los casos de vacaciones, licencias y permisos sin sueldo. Además se incluyen las ausencias por Incapacidad Temporal y suspensiones disciplinarias.
Se excluyen las excedencias voluntarias, excepto en los trabajadores contratados por obra o servicio determinado.
También procede la subrogación, cuando la antigüedad en la empresa y en el servicio coincidan, aunque sea inferior a 7 meses, y cuando exista un cambio de titularidad, en las instalaciones donde se presta el servicio.

• ADJUDICATARIA CESANTE

Entre otras obligaciones: Deberá notificar a los trabajadores la resolución del contrato y el nombre de la nueva adjudicataria, cuando tenga conocimiento formal de ello.
(normalmente,esto no suele ser así...ya que suelen esperar hasta los últimos días,sobre todo tratándose de enlaces sindicales,para evitar que estos soliciten los días a los que tienen derecho)Tendrá que liquidar, por todos los conceptos, incluidas vacaciones, a los trabajadores. Podrá quedarse con todos, o parte, de los trabajadores.

Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la baja y el finiquito no tendrá carácter liberatorio hasta transcurridas 72 horas desde su entrega.

• NUEVA ADJUDICATARIA

Entre otras obligaciones: Deberá respetar al trabajador todos los derechos laborales que tuviese reconocidos en su anterior empresa, incluida la antigüedad, que hayan puesto en su conocimiento o que el trabajador pueda demostrar.

SUBROGACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES

Los miembros del Comité de Empresa, Delegados de Personal, y los Delegados Sindicales, podrán optar entre permanecer en su empresa o subrogarse a la adjudicataria, excepto en los siguientes casos: - Que tenga contrato por obra o servicio determinado para el centro afectado por la subrogación. - Que haya sido elegido específicamente para representar a los trabajadores del Centro de Trabajo objeto de subrogación, siempre que afecte a toda la plantilla del Centro. - Que la subrogación afecte a la totalidad del Personal Operativo, habilitado o no. En estos supuestos, los Delegados de Personal, miembros del Comité de Empresa y Delegados Sindicales, pasarán también subrogados a la adjudicataria.

298 Comentarios:

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Anónimo escribió

Llevo 10 meses trabajando en la empresa que entra en la subrogacion,la cual nos prometio muchas cosas pero lo unico que ha cumplido hasta ahora es mantener a la plantilla aunque por poco tiempo,mi pregunta es si esta empresa tiene tiempo de prueba,si es asi que podemos hacer para que la echen o si tenemos que aguantar(la que pueda)hasta que termine dicho contrato con el ayuntamiento?espero su respuesta y gracias poe la ayuda

Laura Allona escribió

HOla, me gustaría saber si los miembros de comité siguen siendo comité en la nueva empresa

Laura Allona escribió

hola! los miembros del comite siguen siendo comite en la nueva empresa?

Anónimo escribió

Hola Miguel Borona, tal y como se expone en la publicación, tu antigüedad en el servicio debe ser de 7 meses reales o en su defecto que hayas inaugurado tu mismo el propio servicio, coincidiendo con el alta en la empresa de seguridad.

Hola Montse Ventaja, lamento no poder asesorarte, tu consulta no corresponde al sector de la seguridad privada ni al artículo sobre subrogaciones.

Hola Laura Allona, cada empresa tiene sus propios miembros del comité de empresa (habiendo sido éstos, votados previamente por los trabajadores de la empresa correspondiente).
Continuar siendo miembro del comité de empresa, no es un requisito ni un derecho en la subrogación.

Un saludo para todos y que tengáis un magnífico año 2014

Unknown escribió

llevo mas de 7 meses en un servicio que saldra a concurso. en este servicio estoy realizando unas 60 horas mensuales y las restantes en otros servicios. cuando llegue el momento de una subrrogacion ¿tengo derecho a subrrogarme por esas 60 horas mensuales?

Anónimo escribió

Efectivamente Irene.

prueba escribió

Hola, la empresa nueva que me subrroga, tiene que notificarme que ya formo parte de su plantilla con la antiguedad x , etc.

Anónimo escribió

Supongo que estás realizando una pregunta.
(Las frases que no llevan signos de interrogación, se entienden como afirmaciones).
Efectivamente, lo habitual y correcto es que firmes documentación que haga constar que estas accediendo a una subrogación que evidentemente respeta todos los conceptos que correspondan y derechos adquiridos con anterioridad.

Un saludo

vigilantucho escribió

Mi situacion es la siguiente. Trabajo para una empresa a jornada completa, pero en dos servicios diferentes, realizando el 50% de las horas en cada servicio.
Estos dos servicios han salido a concurso a la vez. Uno de ellos desaparece (osea quitan la seguridad) y el otro lo coge otra empresa.
Tengo 7 años de antiguedad en la empresa. ¿que creeis que pasara?¿me liquidaran en el servicio que desaparece y subrogare al 50% en el otro? ¿Tendria posibilidad de quedarme con la antigua empresa?. Es un caso un poco extraño y dudo que la empresa con la que tengo una antiguedad de 7 años pueda ubicarme en otro sitio, porque no hace mas que perder servicios.

Anónimo escribió

Hola, según los requisitos y derechos de la subrogaciones, deberías continuar con el servicio que continúa con su correspondiente jornada de 81 horas.
No obstante, ante cualquier duda, acude de inmediato a un sindicato o abogado especializado en temática laboral.

Unknown escribió

Hola, ante todo gracias por las respuestas. Mi caso es el siguiente. Llevo 5 años en mi empresa y hace cosa de mes y medio me sacaron del servicio donde estaba alegando causa cliente. Me mandaron a otro donde estuve escasamente una semana de formación porque me tocaba coger vacaciones '' obligadas '' por la empresa. Al volver de vacaciones ya no tenía servicio porque habían metido a otro compañero y asi sigo, sin servicio ni cuadrante. He echo un par de días en algún servicio esporádico y la empresa no da más detalles, me dice que no hay nada y que espere que ne llamen, que al fin y al cabo, me pagarán el sueldo, pero yo no estoy tranquilo... Que puedo hacer en esta situación? Es legal? Pueden tenerme así?
Gracias de antemano y un saludo

Anónimo escribió

Hola Vero
Tu consulta no tiene relación con la publicación sobre "subrogaciones", si necesitas compartir tus inquietudes y conocer experiencias de otros compañeros, te aconsejo que utilices nuestro foro.

http://www.foroseguridadprivada.com/

Para todo lo demás, no hay nada mejor que acudir a especialistas en materia laboral, como sindicatos y abogados.

Un saludo y suerte

pepi escribió

en primer lugar agradecer vuestra ayuda y mi pregunta es la siguiente, yo hace 8 años que presto servicio como conserje en un edificio, a principio de este año me subrogo una empresa que ahora me dice que me corresponden 17 días y medio de vacaciones porque cuentan desde enero hasta agosto, eso por un lado porque ademas me obligan a trabajar los festivos cuando yo antes no los trabajaba, en el contrato pone que mi jornada serán de 40 horas semanales distribuidas de lunes a viernes, el caso es que he leído algo de derechos adquiridos por llevar 8 años realizando festivos aunque en el contrato no lo especifica.

Anónimo escribió

Hola Pepi, yo en tu lugar acudiría a un sindicato o abogado laboralista de inmediato.
Un saludo y suerte

pajarito pajarin escribió

Buenos días;
En primer lugar, felicidades por toda la buena información recopilada en esta página que sirve de mucha ayuda.
Después de leer os comentarios me surjen un par de dudas.
Actualmente estamos en un servicio de obra, un compañero y yo, él tiene un contrato de obra o servicio en la misma desde hace dos años y el mío era igual hasta que se modificó hace un año a indefinido.
Ahora cambian de empresa a una con convenio inferior (Alcor), por lo visto 30 días de vacaciones, menos sueldo , más horas.
Mis preguntas son:
-¿Nos tienen que mantener las condiciones de la anterior empresa aunque tengan convenio propio?
-A mí como indefinido, ¿me pueden cambiar de puesto y provincia cuando quieran?(sabiendo que en su convenio, dice claramente, que la dirección tiene facultades para trasladarte y cambiarte)
-¿Estamos obligados a firmar el nuevo convenio?(creo que por arriba he leído que no)
-¿Si quisiera cambiar el contrato a obra o servicio podría?
Gracias y un saludo.

Anónimo escribió

Hola
- Todos los trabajadores de la empresa, se regirán por el mismo convenio.
De otra manera, en nuestro sector no tendrían sentido los descuelgues de convenio, ya que un número muy elevado de trabajadores, siempre provienen de subrogaciones.
Que en caso de tenerse en cuenta el convenio anterior, los descuelgues que están aplicando las empresas traerían pocos o ningún beneficio para las mismas, y en ese caso, no se aplicarían.

** No obstante, este tipo de dudas debes confirmarlas en un sindicato experimentado en el sector, o un abogado laboralista apropiado.

- Efectivamente, el trabajador con contrato indefinido pertenece a la plantilla y necesidades de la empresa, aunque no suele hacerse, moverte de servicio es perfectamente legal.

- El nuevo convenio no lo vas a firmar tu, lo firmarán los representantes de los trabajadores, una vez se haya obtenido autorización legal para llevarlo a cabo.

- Puedes exigir que te cambien un contrato de obra o servicio a indefinido, siempre y cuando se encuentre en fraude de ley y/o tengas motivos legales para su modificación inmediata.
Pero pasar de indefinido a obra o servicio, sin que la empresa te lo haya propuesto, es totalmente imposible.

** Debes tener en cuenta, que mis respuestas siempre son a título personal, es necesario que contrastes mis argumentos, y vuelvas a plantear todas tus dudas a profesionales de la materia que se dediquen a ello.

Un saludo y mucha suerte

Unknown escribió

Hola,

Soy un v,s subrogado con contrato indefinido y nombre de servicio puesto en contrato de subrogación.Te pueden cambiar de servicio?

Un saludo.

Anónimo escribió

El contrato indefinido pertenece a la plantilla de la empresa actual.
Según necesidades organizativas la empresa puede modificar tu servicio.

Unknown escribió

Estoy trabajando en una empresa que ha dejado de pagarme tres meses, pero otra empresa me quiere subrogar, pero necesita toda la documentación de la empresa que no me paga,y la gestoria de dicha empresa, me dice que no puede dar ningún documento porque le deben también 6000€ que puedo hacer para que la otra empresa me subrogue, por favor ayúdenme diciéndome que puedo hacer ya que debo empezar con la nueva empresa el día lunes 24 de febrero del 2014. Gracias.

Anónimo escribió

Hola Luis,
Necesitas acudir a un sindicato o abogado laboralista, para que te asesoren correctamente.

Un saludo y suerte

Unknown escribió

Buenas, gracias de antemano.
Mi problema es que me quieren cambiar de servicio. Las razones que me han dado son: por "motivos de empresa" y porque soy el último que ha entrado (no es cierto que sea el último). El cliente esta satisfecho con mis servicios y yo estoy bien aquí, no quiero cambiarme. En mi lugar quieren meter a un enchufado. Me podrías recomendar que hacer. Muchas gracias

Anónimo escribió

Hola,
En principio tu consulta no tiene ninguna relación con el artículo sobre las subrogaciones, además de faltarnos datos, como por ejemplo tu tipo de contrato.
Mi consejo es que te pongas en manos de un abogado, y/o sindicato, cualquiera de ellos te asesorará mejor que nadie.

Un saludo y suerte

CCS escribió

Buenas mi empresa quiere mandarme a otra empresa similar tengo derecho a la antigüedad¿¿tengo que hacer una semana de vacaciones antes??

Anónimo escribió

Hola,
Las características de la subrogación las explica claramente el propio artículo, para otro tipo de comentarios u otro tipo de dudas, puedes utilizar nuestro foro.
http://foroseguridadprivada.com

Un saludo

eugnio rodriguez del puerto escribió

Hola soy vg de explosivos estoy solo en mi servicio con un contrato de obras y servio desde hace 7 años la empresa saliente no quiere pasarle mi subrrogacion a la eempresa entrante mi pregunta es se pude negar. Que puedo hacer..la empresa entrante si me quire ami

Unknown escribió

Hola ,se subrogan 5 trabajadores de una empresa que es Centro Especial de Empleo a otra que no lo es,que tipo de contrato ha de hacer la empresa entrante,tienen que pasar otra vez por un periodo de prueba,porque se supone que se les recono ce la antiguedda a todos los efectos no?

Anónimo escribió

Hola,
Tal y como se explica en el propio artículo, las condiciones y formas en una subrogación son exactamente las mismas, no hay nada que deba modificarse ni necesidad de firmar otro contrato o documento que no sea la aceptación de la subrogación.

Unknown escribió

Cuanto tiempo tiene que pasar para tener adquirido el plus de jefe de grupo.

Anónimo escribió

Hola,
En mi opinión, el plus de responsable de equipo no se consolida, únicamente se percibe si se ejerce como tal; no obstante, no está de más que consultes con tu sindicato y/o abogado laboralista.

* Es importante que utilices signos de interrogación, para que las personas que te leamos podamos identificar tus preguntas.

Un saludo

Unknown escribió

Gracias Cesar lo consultare

Unknown escribió

Hola soy fija discontimua trabajo de monitora de comedor en un colegio mi contrato termino el dia 23 de julio y tendria que haberme incorporado el 10 de septiembre estoy de baja por maternidad hasta el dia 30 de octubre el 6 de septiembre me llama mi empresa para firmar una subrogacion la firme y hasta el dia de hoy no firmado ningun contrato la nueva empresa me dijo que lo firmo cuando me incorpore pero estoy como de nueva todavia no me an llamado ni nada y tengo miedo de perder mi trabajo tengo algun derecho... llame ala empresa y me dijeron que me llamarian y no lo han echo me quedan 5 dias si no me llaman me incorporo al trabajo por mi cuenta esque no se que hacer si voy yo y me dicen que no y si no voy vaya que pierda todo...

Unknown escribió

Hola tengo un trabajo de fija discontinua mi contrato finalizo el 23 de junio y empezaria el 10 de septiembre pero estoy de baja por maternidad hasta el 29 de octubre se supone k aora estpy en desempleo mi empresa me comumico el 6 septiembre que habian echo una subrogacion la firme pero todavia a dia de hoy no e firmado ningun contraro por el tema k estoy de baja me quedan 4 dias para incorporarme ellos quedarom en que me llamarian yo e llamado pero la de recursos humanos no estaba me dijo el que me atendio que me llamaria y todavia no me an llamado que puedo hacer si el dia 30 se supone que me tendria que incorporar me tienen que respetar todo si no tengo contrato ni nada gracias lo siento si no me explicado bien

Roberto R. Salinas escribió

Hola a todos, mi mujer fue subrogada en el 2010 por un servicio (A) y durante los últimos años a hecho días festivos en otro servicio para que librara el compañero de ese servicio (B), días sueltos, ella seguía en su servicio original, ahora resulta que este ultimo servicio cambia de empresa y la quieren subrogar en este servicio (B). en los últimos siete meses ha hecho horas en los dos servicios, mayoritariamente en el original (A). pueden subrogarla en este ultimo servicio perteneciendo al otro?. Gracias.

Anónimo escribió

Hola,
El dato clave es saber a qué servicio está adscrita en su contrato, no obstante, si en principio su vinculación adquirida corresponde al servicio (A), no tendría ningún sentido formar parte de la subrogación de un servicio que no es el original, salvo que el tipo de contrato y/o el tiempo de permanencia en el segundo servicio (B) ofrezcan la posibilidad.
De todas formas, el asesoramiento más eficaz os lo dará un sindicato, persona o entidad cualificada profesionalmente en el trato de éste tipo de temática laboral.

Un saludo y suerte.

jose escribió

Me quieren poner como jefe de equipo,estoy obligado a aceptar?

Anónimo escribió

No tienes ninguna obligación.

Unknown escribió

Hola.Me han subrogado de una empresa de seguridad a otra.Pero en mi fe de vida laboral,aparece que causo baja en la empresa anterior el día 30 y alta nueva en la empresa entrante el día 5 del mes siguiente,(5 días de desfase)
La empresa nueva no me quiere dar el certificado de subrogación,con lo cual.No puedo saber si estoy subrogado o me han dado un alta nueva.
Como puedo saber si estoy subrogado?

César Delgado Pérez escribió

La empresa saliente del servicio, debe notificar (siempre) el cese en el servicio y la subrogación con la empresa correspondiente, añadiendo el día de finalización; la empresa entrante se pondrá en contacto contigo (en caso contrario acude tu mismo), deberás firmar únicamente la aceptación de subrogación que te integrará en la plantilla de la empresa con los derechos adquiridos que correspondan.
Ante cualquier duda, acude a sindicatos y/o abogados especializados en temática laboral.

Suerte.

Unknown escribió

Gracias por tu respuesta.La anterior empresa mando mi expediente de subrogación el día siguiente de finalizar el servicio.
El problema,es que.A dia de hoy.
Llevo trabajando 20 dias con la nueva empresa,y como no me dan el certificado de subrogación.No se en que condiciones laborales estoy.
Y lo que me preocupa,es que hayan hecho un alta nueva.Y este esperando que se pase el plazo para reclamar y pierda mi antigüedad y mis derechos.
Saludos y Gracias.

César Delgado Pérez escribió

Insiste en tu empresa, que necesitas firmar y estar en posesión del documento que certifica la efectividad de la subrogación.
No obstante, dispones de un año completo para reclamar posibles irregularidades en los derechos que correspondan a tu subrogación, incluyendo la reclamación de cantidades económicas adeudadas.

Aunque no te encuentres afiliado a ningún sindicato, no dudes en solicitar asesoramiento, es gratuito.

Un saludo.

TONISGS escribió

llevo 14 años de vgs de una empresa soi fijo de plantilla y no tengo en mi contrato ningun centro en el contrato llevo 2 años en un mismo servicio de vgs y me dicen q va entrsr una empresa de servicios,esto es legal me subrogarian como auxiliar o deben ponerme de vgs

TONISGS escribió

LLEVO 14 AÑOS DE VGS DE LA MISMA EMPRESA,DOS AÑOS EN EL MISMO SERVICIO,PERO NO ME PONE EL CENTRO DONDE LO REALIZO YA Q SOI FIJO DE PLANTILLA,ME DICEN Q VA ENTRAR UNA EMPRESA DE SERVICIO DONDE HAY CONSERJE LIMPIADORAS Y NOSOTROS DE VGS.Q PASARAN CON NOSOTROS.DEBERIAN SUBROGRNOS COMO VGS O COMO AUXILIAR?

César Delgado Pérez escribió

Tal y como has podido leer en la publicación, que simplemente corresponde al convenio colectivo que también supongo que habrás leído, en las subrogaciones siempre se deben respetar todos los derechos adquiridos con anterioridad, y lógicamente la categoría profesional es uno de ellos.

JOSE LUIS escribió

BUENAS SOY JOSE Y ME GUSTARIA SABER SI SE PUEDE HACER ALGO PARA QUE NO TE SUBROGUEN CUANDO LLEGUE A LOS 7 MESES EN EL SERVICIO. GRACIAD

César Delgado Pérez escribió

Hola Jose Luis,
Si tus condiciones cumplen los requisitos de subrogación, y tu contrato corresponde a un servicio concreto, siempre deberás aceptar todas y cada una de las subrogaciones de servicio que surjan.

Un saludo.

César Delgado Pérez escribió

Artículo 40. Terminación de la Relación Laboral.
...
Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la baja y el finiquito no tendrá carácter liberatorio hasta transcurridas 72 horas desde su entrega.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/12/pdfs/BOE-A-2015-255.pdf

Conviene leer de vez en cuando nuestro propio convenio colectivo.

Un saludo.

César Delgado Pérez escribió

Desde luego que si llego a saber que eras un desconsiderado desagradecido, no me hubiera molestado ni en tocar una tecla.

Yo no echo en cara nada, tu falta de interés es cosa tuya, yo solamente te he dado un consejo, pero yo no soy tu padre, a mi no hace falta que me demuestres nada ni te me pongas revoltoso.

Supongo que no hace falta que te diga que puedes ahorrarte sucesivas respuestas (no serán publicadas), porque esta web es para personas adultas, y yo en lo que si que no voy a perder el tiempo, es en darte una clase cívica de respeto y educación general básica.

Unknown escribió

Hola buenas compañeros mi duda es sobre un cambio de contrato de obra y servicio,la empresa a la cual estoy subrogado me ha comentado que me ha cambiado el contrato de obra y servicio a indefinido sin consultarme ni nada,querría saber si esto me puede afectar a la hora de su subrogarme otra vez o me podría afectar de alguna forma muchas gracias

César Delgado Pérez escribió

Hola Diego,
Si tu contrato es indefinido tienes los mismos derechos de optar a una subrogación, que con el anterior contrato de obra o servicio determinado.

Un saludo.

Unknown escribió

Ok muchas gracias Cesar un saludo

miguel angel escribió

Buenas noches Vindi.

Una pregunta, que yo creo que puede ser algo enrevesada.

Estoy en un servicio el cual lleva el ayuntamiento de madrid.

Desde el 2 de junio, pasamos de hacer 24h a nada mas 8h por la noche, ya que tenia que salir el servicio a concurso y no tenia mas dinero el ayuntamiento. Asi seguimos a dia de hoy, sin subrrogar y a 8h(Solo hacemos de 0 a 8)

Sabemos, a cuenta gotas, que entramos con Vinsa-ilunion, porque subrogariamos con ellos(Prosegur, que es con la que estamos, mientras nos hace deber bastantes horas, en mi caso 64 del mes pasado y 82 de este, y puede que mas, que les fallaron los calculos en el cuadrante).

El tema que ayer me dijo la empresa, que a un compi y a mi nos mandarian a otro servicio solo durante agosto, o cuando se arregle el tema del contrato, ya que ya pasa el servicio a la nueva empresa, pero se quedan a los mas veteranos, siguiendo el mismo turno de ahora, y que cuando se solucione, que pasariamos a la nueva empresa subrogados( Que yo sepa, el servicio a donde nos mandan no pasa a esta nueva empresa).

A mi eso no me cuadra, porque por lo que tengo entendido de otros compañeros, se supone que te subroga estando en el servicio que entra la nueva.

En estos dias me quiero acercar a IT, a ver si ellos me lo pueden aclarar, aunque no se si sabran decirme algo.

¿Es posible que te saquen de un servicio que va a entrar subrogando una nueva empresa, y que al mes, 2 meses,... te metan en ese servicio otra vez pero ya subrogando con la nueva?
¿No pondra pegas la entrante por el tema de cortar los 7 meses minimo en el servicio?

Un saludo.

César Delgado Pérez escribió

Hola Miguel Ángel,
Entiendo que te envían a otro servicio porque no hay horas para todos, y el personal que pasará subrogado serán únicamente los más antiguos, que son los que cubren el servicio actualmente.

Te recomiendo que busques asesoramiento en un sindicato; también puedes comentar tu caso en nuestro foro y ver qué opinan otros compañeros.

Un saludo y suerte.

Unknown escribió

Hola compañeros,os expongo mi caso,estoy subrogado en un servicio desde hace unos 5 años y algo y van a cambiar de empresa de seguridad en breve,la empresa actual de seguridad me ha cambiado el contrato a indefinido y quisiera saber si eso me puede influir a la hora de subrogarme de nuevo y se trate de una jugarreta para subrogar al amiguete de turno y si es así si puedo denunciar esto de algún modo,muchas gracias

Unknown escribió

Hola buenas compañeros,tengo una duda,la empresa saliente puede elegir a quien subrogar aunque el que tenga prioridad sea yo por tener contrato de obra y servicio y ser el más antiguo en dicho servicio ?

César Delgado Pérez escribió

Hola,
Si las características de tus condiciones laborales, indican que optas a formar parte de una subrogación, independientemente de los deseos de la empresa saliente, deberás optar a la correspondiente subrogación.

Un saludo.

Unknown escribió

Hola el cliente donde trabajo cambia de proprietario tiene la obligacion de subrogarnos el nuevo proprietario?tengo 6 años en el servicio como VS y con contrato fin de obra gracias !!

César Delgado Pérez escribió

Efectivamente, mientras el centro continúe con el servicio de seguridad privada, tienes derecho a ser subrogado.
Un saludo.

Unknown escribió

Hola Wind.Soy un fijo de empresa y llevo ya casi3 años en sservicio de inicio hasta la finalización de este.¿Me pueden cambiar a otro servicio por haber discutido con una compañera? Gracias

César Delgado Pérez escribió

Hola,
Los contratos indefinidos pertenecen a la plantilla de la propia empresa de seguridad y sus necesidades, por lo tanto, en principio pueden modificar tu servicio cuando ellos lo consideren oportuno. Sobre el motivo de conflictos con otros compañeros o personal del centro acude a un sindicato, para que te asesoren con mayor precisión y puedas desarrollar en condiciones los datos de tu caso.

JOSE LUIS escribió

Si subrogamos con todos los derechos, estando fijos en la empresa saliente..Como ahora un compañero al pedir la tarjeta sanitaria europea xq se va de viaje, le comentan que dicha tarjeta no se la pueden dar xq su contrato es de obra y servicio ??..Se firmo solo la subrogación, solamente..!!..Como en las nominas nos pone la antiguedad de la empresa origen pero por esta circunstancia a mi compañero le dicen Que tiene (tenemos) : contrato de finalización de obra ???....Llevamos una media de 17 años de antiguedad..

Unknown escribió

Me gustaría saber si la antigüedad en la empresa debe de ser continua o vale que sea en distintos meses.yo llevo ahora seis meses,pero tengo meses de atrás y no se si me valdrían para completar los siete meses

César Delgado Pérez escribió

Hola,
El periodo mínimo para optar a la subrogación, requiere de 7 meses de antigüedad desde el último contrato en vigor, salvo que la antigüedad en la empresa y en el servicio coincidan, aunque sea inferior a 7 meses, y cuando exista un cambio de titularidad en las instalaciones donde se presta el servicio.
No obstante, no dudes en consultar con un sindicato profesional, para contrastar ésta y cualquier otra información que obtengas en internet.

Un saludo y suerte.

toni66 escribió

hola buenos días estay de baja y me van a subrogar no he disfrutado de las vacaciones me las tienen que pagar la baja es por enfermedad común.
gracias

César Delgado Pérez escribió

Hola Toni,
Semejante texto, escrito sin ningún tipo de interés por facilitar su comprensión, personalmente no me transmite ningún tipo de ánimo a contestar, ni mucho menos de molestarme en poner comas, puntos y los signos de interrogación para darle algún sentido a lo que leo.

Unknown escribió

Hola buenas me gustaria saber si en una empresa que va a ser subrogada por otra y tu no quiered seguir en la otra que va a seguir con la actividad te perteneceria indemnizacion si te vas?




Unknown escribió

Hola buenas me gustaria saber si en una empresa que va a ser subrogada por otra y tu no quiered seguir en la otra que va a seguir con la actividad te perteneceria indemnizacion si te vas?




César Delgado Pérez escribió

Solamente te corresponde la liquidación que hayas generado.

Unknown escribió

Hola buenos días, quería hacer una consulta. Soy empleada de limpieza trabajo para una empresa de limpieza y en el sector que estoy harán obras,es decir no puedo ir a trabajar y mi supervisora me comunica que tengo que recuperar los días que se han perdido. Es eso correcto? Se puede hacer?

Gracias de antemano.

César Delgado Pérez escribió

Se ha equivocado totalmente, esta entrada trata sobre "subrogaciones", y la web no pertenece al sector de la limpieza.

Unknown escribió

Hola buenas tardes,mi duda es, estoy fija , antes con Prosegur y subrogada por Eulen, nos entregaron un documento que soy fija en el servicio que estamos, pero aveces nos sacan a otros servicios para cubrir vacaciones de otros servicios, siendo fija en mi servicio , puedo negarme a salir?gracias

César Delgado Pérez escribió

Efectivamente, si perteneces únicamente a un servicio, y así lo certifica tu contrato, no debes ir a ningún otro servicio.

Consultora escribió

Buenos días "Vindi"
En nuestro servicio estamos subrogando. Existe información en relación a si la empresa entrante debe mantener el personal subrogado determinado tiempo? (Se corre mucha información en la insertidumbre y algunos dicen que deben mantenerte de 6 meses a 1 año en el servicio)

Consultora escribió

Olvidé decirte MUCHAS GRACIAS!!

César Delgado Pérez escribió

Hola Consultora,
No hay ningún límite de pertenencia a la empresa, siempre y cuando paguen tu despido pueden echarte cuando quieran, no existe ningún margen de tiempo en el que no puedan hacerlo.

Un saludo.

Jopo escribió

Nos subrrogan este mes d abril
La empresa cesante nos pagara 7 días en concepto vacaciones...(no da opción a no cobrarlas)
En la nueva generamos unos 23.....y dicen que solo nos conceden esos días de vacaciones. Pero entendemos que tenemos derecho a disfrutar de los 31....eso si...cobrando ese mes la parte proporcional....osea..solo 23 días de vacaciones

Tenemos derecho a ello?

Unknown escribió

Buenas compañeros, haber si alguien me puede aconsejar.
Estoy subrogada desde el 2014, siempre he estado en este servicio, ahora me quieren sacar a otro y con los dos servicios contar el cómputo, todos llegamos a las horas, y si me sacan fuera en el servicio donde estoy, repartirán mis horas con los demás compañeros, no quiero salir fuera, y ellos dicen que la empresa puede sacarme .gracias

Patri escribió

Hola! Mi consulta es la siguiente: llevo 10 años en un servicio donde el horario es diurno de 8:00 a 20:00 ( no findes ni festivos ). Somos dos y yo tengo jornada de 162h y mi compañero de 114 ( una de las empresas con las que subrogamos con anterioridad le redujo a él las horas ). Ahora estamos con otra empresa nueva quien me sigue manteniendo a mi a 162 y a él a 114. Yo hago siempre ( todo el año ) mis 162 en mi servicio y mi compañero hace las que puede en este servicio ( más menos una media por mes de entre 80 y 90 h ) y las que le faltan la empresa de seguridad lo manda a cubrir otros servicios fuera. Llegados a este punto ahora vienen el responsable de la empresa y mi compañero a pedirme que yo salga también fuera a cumplir mis horas en lugar de hacer las 162 enteras en mi servicio, así mi compañero puede estar más tiempo en el nuestro. ( Yo llevo 10 años aquí y él unos 4-5, no sé si influye ). Mi pregunta es... ¿ debo por obligación yo salir a cumplir mi jornada fuera de mi servicio habitual o es la empresa quien debe ofrecer el resto de horas que le faltan a mi compañero, sea donde sea ? Gracias y un saludo.

César Delgado Pérez escribió

Hola Patri,
Antigüedades al margen, si tu contrato es "indefinido" la empresa está en su derecho de ubicarte en otros servicios algunas horas, simplemente aludiendo motivos organizativos.

Si tu contrato es "obra o servicio determinado", la empresa debe respetar la subrogación, y cumplirás el total de la jornada en el servicio subrogado.

Patri escribió

Gracias César. Sí, mi contrato principal ( antigüedad del año 1999 ) es INDEFINIDO pero en las hojas de subrogación que nos han ido presentando una media de cada dos años aprox. especifica que " ... en la empresa XXXXX donde usted viene prestando sus servicios.. ", me quedaba la duda de si esto ya me convierte en fija del servicio. Entiendo entonces que una cosa es el contrato y otra las subrogaciones... En este caso la empresa en un principio no me está alegando " motivos de organización " simplemente que considera justo que si mi compañero sale ha hacer p.ej. 4 servicio para cumplir con sus 114 horas, él salga dos veces y yo dos veces... Me lo " ofrecen " que no me exigen, esto ahora, cuando con la empresa nueva llevamos desde el mes de Abril y ha sido mi compañero quien ha estado saliendo fuera a cubrir sus horas. Entiendo que es pura cuestión de comodidad por parte del compañero y no una " falta de orgacización " de mi empresa. ¿ Me explico ? Gracias.

César Delgado Pérez escribió

Lo que me comentas, supongo que ya podría considerarse un motivo organizativo de la empresa.

No hay que olvidar, que el contrato indefinido supone pertenecer a la plantilla de la empresa, aunque como personal que viene de una subrogación concreta, deberían respetarte el máximo posible de horas en el servicio del que provienes.

Te recomiendo que antes de dar una respuesta a la empresa, consultes a un sindicato (las consultas son gratuitas, y seguramente puedas incluso hacerlas por teléfono), también tienes nuestro foro a tu disposición.

http://www.foroseguridadprivada.com/

Un saludo.

Patri escribió

Gracias de nuevo César. Lo consultaré como me dices. Un saludo.

Unknown escribió

Buenas noches compañeros,mi duda es la siguiente,me acaban de subrogar en otra empresa y la empresa cesante del servicio me sigue manteniendo el alta en la seguridad social dos días después de dejar de prestar servicio(estoy de alta en las dos ),yo solo firme la carta de subrogación con la empresa entrante,la cesante me comunico por teléfono que no hacía falta darme ellos carta de subrogación ,no sé si esto es normal o se trata de alguna artimaña, por qué de esa empresa me puedo esperar de todo.muchas gracias!!

César Delgado Pérez escribió

Hola,
La empresa saliente te debe notificar por escrito que terminas la relación laboral con ellos, y pasarás subrogado a la empresa entrante que corresponda, y la empresa entrante igualmente por escrito te notifica que formas parte de su plantilla como personal subrogado del servicio correspondiente, además de evidentemente solamente debes estar dado de alta en la empresa de seguridad que corresponda, en ningún caso en las dos.

Consulta con un sindicato o abogado laboralista.
Un saludo.

Unknown escribió

Buenas tardes,mi caso es el siguiente estamos dos empresas en un polígono ahora el polígono lo han unificado y se queda la otra empresa,no se si me tienen subrogar el servicio que hacia mi empresa era sin armas,ahora pasa a ser armado,si me subrogan al no tener licencia de armas me pueden mandar a otro servicio o me tienen que presentar para que me habilite y continuó en el mismo servicio,mi contrato actual es indefinido y llevo mas de dos años en el servicio pero mi empresa quiere subrogar me,la nueva se niega.
Gracias

Unknown escribió

Yo empece el servicio hace 2 semanas y ahora me entero que el servicio lo va a cojer otra empresa.hay alguna oportunidad de que me quede?

César Delgado Pérez escribió

Hola Carlos,
Solo tienes que leer el artículo, para saber tú mismo la respuesta.

Un saludo.

Unknown escribió

hola, en nuestro servicio un H24 eramos 4 pero la empresa ha decidido meter un 5º con lo cual en el computo anual nos faltan 150 horas para completar el computo, por no decir que hay meses que no cabemos ni con horquilla, el tema es que no sabemos si cuando cambiemos de empresa la entrarte tiene obligacion de subrogar a los 5 o pueden alegar plantilla sobredimensionada y no aceptar al ultimo que entro
gracias
un saludo

Dolores amador moreno escribió

Hola.
El dia 3 de enero debía aver pasado subrogada con otra empresa la cual me dijo el dia que tenia que entrar a trabajar que no me cojia . Tengo un contrato indefinido a media jornada y y de victima de violencia y la cual estoy trabajando año y medio. E denunciado a las dos empresas con ugt y me gustaría saber si tengo posibilidades de volver a mi puesto de trabajo y anular el despido . Gracias

Unknown escribió

Hola yo quisiera saber si la empresa entrante tiene que respetar las vacaciones estivales firmadas con anterioridad con la saliente ya que se aproximan las fechas, gracias

Unknown escribió

Va a entrar otra subcontrata y mi pregunta es deben respetar las vacaciones estivales firmadas por la anterior ya que se acercan las fechas y tenemos las vacaciones programadas? Gracias

César Delgado Pérez escribió

La empresa saliente debe liquidar todos los conceptos salariales contraídos con ellos, además de las vacaciones generadas.
La empresa entrante no puede respetar ningún periodo vacacional anterior, porque con ellos no habéis generado ninguno.

Unknown escribió

Buenas.
Me encuentro en una surrogacion.Se que tenemos que pasar con todos los derechos y obligaciones,pero mi pregunta es.La nueva empresa nos hace firmar un papel en el que dice que respetan la antigüedad pero no pone desde que fecha y además por un periodo de prueba de dos meses.llevo 20 años en seguridad y con la misma empresa.Si no estoy de acuerdo con lo que me hace firmar la nueva que puedo poner para que.me lo pueda revisar un abogado.
Gracias

Goodnight Robicheaux escribió

Buenas compañeros, estoy cubriendo una excedencia y cuando entre en concurso el servicio llevaré 1 año en éste.
Mi pregunta es que si subrogan el servicio me quedo yo o por el que estoy cubriendo la excedencia.
Un saludo y graciaa dw antemano

Goodnight Robicheaux escribió

Buenas compañeros, estoy cubriendo una excedencia y el servicio pronto entrará en concurso si se subroga a otra empresa de seguridad, mi pregunta es qué pasará conmigo (cuando haya subrogacion llevaré 1 año en el servicio) y qué pasará con el que estoy cubriendo su excedencia, quién se queda?
Un saludo y gracias de antemano.
V.S

anónimo escribió

Buenas noches. Llevo trabajando en el mismo servicio 9 años. A los 5 años me hicieron una reducion de jornada al 60%. Ahora van a ampliar el servicio por la apertura de otras delegaciones. Dichas delegaciones tiene a sus propios vigilantes en otras istalaciones, donde vienen subrrogados al edificio donde yo trabajo. Tengo derecho a pedir mi ampliación de jornada,y en caso de que no ubiera horas para todos quien tiene preferencia para quedarse.

César Delgado Pérez escribió

Hola,
Revise el artículo 14 del convenio colectivo y si lo considera necesario consulte con un asesor o abogado laboralista.

pedro escribió

tengo una antigüedad de 28 años desde diciembre de 1989
tengo 60 años y ahora estoy de baja medica desde junio de 2017 hasta la fecha y quizás tenga que continuar pues es cancer de vejiga y pancolitis ulcerosa con la cual estoy en tratamiento con colonoscopia para digestivo y cistoscopia para vejiga
la empresa integral canaria termina el contrato en enero de 2018 y se va a proceder a subrogación con otra empresa en este caso trablisa en febrero de 2018 pero vamos creo que este comentario sobraba
necesito saber si voy a tener algún problema a la hora de subrogar con la nueva empresa
por favor ruego me conteste
atentamente Pedro Rodriguez

César Delgado Pérez escribió

Hola Pedro,
La baja médica no supone ningún problema para optar a la subrogación.
Pasarás subrogado, sin ninguna duda.
Un saludo y que vaya todo bien.

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